El finiquito es el pago que le corresponde al trabajador cuando la relación laboral se termina de forma voluntaria.
Dicho de otro modo, es el dinero que la empresa otorga en caso de que renuncie, de que se termine su contrato temporal, si se despide justificadamente, por invalidez por alguna enfermedad o su muerte (en cuyo caso se paga a sus familiares).
¿Qué incluye?
Cuando se entrega un finiquito, éste debe incluir el pago de los días que haya trabajado del período (ya sea que cobre por semana, por quincena o por mes), la parte proporcional del aguinaldo, la parte proporcional de sus vacaciones y otras prestaciones que contemple su contrato, tales como bonos, comisiones o fondo de ahorro.
En caso de que haya trabajado en la empresa por más de 15 años, también debe incluir una prima de antigüedad.
¡Ojo! No es igual a la liquidación. Debss tener en cuenta que ésta es una indemnización que tiene otras causas.
¿Qué información necesitas saber?
Conoce su fecha de ingreso y de salida, su salario diario y la cantidad de días que trabajó. También ayuda saber cuántos días pendientes tiene de vacaciones, el porcentaje que da la empresa de prima vacacional y los días de aguinaldo.
Pasos para calcular tu finiquito
- Toma los días laborados no pagados y multiplícalos por el sueldo diario.
- Calcula su aguinaldo con su salario diario por los días de aguinaldo que dé la empresa. Divide el resultado entre 365 y luego multiplícalo por los días trabajados del año en curso.
- Para calcular el adeudo de sus vacaciones, multiplica el salario diario por los días restantes y divídelo entre 365. Multiplica el resultado por el total de días trabajados y multiplícalo nuevamente por el salario diario.
- Toma el resultado del paso anterior (parte proporcional de tus vacaciones) y multiplícalo por 0.25 de la prima vacacional.
- Suma todos los montos y obtendrás una aproximación de su finiquito. Recuerda que esta cantidad es estimada pues debes hacerlo con calma y es mejor con un software de cálculo. También se le descontarán ISR, cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit, de créditos o algún otro préstamo que haya tenido con descuento vía nómina.
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Fuente: occ.com.mx